El Consejo General de Colegios Farmacéuticos ha emitido un escrito en el que, en base a una nota informativa de la AEMPS, explica que las oficinas de farmacia están exentas de tener que cumplir con lo estipulado en el Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, en lo referente, a la climatización de sus instalaciones por el siguiente motivo:

“Las instalaciones que fabrican, almacenan, distribuyen y/o suministran medicamentos podrán acogerse a la exención de la aplicación de los límites de temperatura previstos en el Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto al requerir condiciones ambientales específicas y contar con normativa específica”

Puede consultar la nota informativa de la AEMPS en este enlace